La Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid ha emitido un dictamen favorable, con fecha del 25 de agosto de 2026, a la decisión del Ayuntamiento de San Martín de la Vega de rescindir el contrato para la remodelación del parque de la “Glorieta San Marcos”. La rescisión se produce tras el abandono de la obra por parte de la empresa adjudicataria, INSTALACIONES MADRILEÑAS SECIS, S.L.
El organismo considera que "queda acreditado de forma indubitada, que la contratista no solo se demoró en el cumplimiento de los plazos, sino que abandonó la obra, todo lo cual se constata con las actas de visita de obra efectuadas en mayo de 2026 y con las propias afirmaciones de la contratista".
El Alcalde, Rafael Martínez, ha destacado que el dictamen de la Comisión Jurídica es preceptivo según la Ley de Contratos del Sector Público y un paso previo a la resolución definitiva por parte del Ayuntamiento. Esto permitirá finalizar el expediente actual e iniciar uno nuevo con un proyecto revisado para retomar las obras del parque lo antes posible. Martínez ha afirmado que "durante todo el procedimiento hemos actuado correctamente y exigiendo las obligaciones contractuales que se ha evidenciado que han sido incumplidas".
La Comisión también se pronuncia sobre la indemnización por daños y perjuicios. Señala que "cuando la resolución del contrato sea por incumplimiento culpable del contratista, este debe indemnizar los daños y perjuicios ocasionados, siendo efectiva la indemnización, en primer término, sobre la garantía". Por ello, el Consistorio ha anunciado que, además de la resolución, se contemplará la retención de la garantía depositada por la contratista, sin perjuicio de determinar los daños adicionales provocados por el abandono de la obra.
El Alcalde ha concluido asegurando que "no vamos a escatimar en adoptar todas las medidas necesarias para reclamar los daños que hemos sufrido" y que "a su vez seguiremos trabajando para garantizar la finalización de esta actuación tan importante para la mejora del entorno urbano".




