La Sala del Tribunal Supremo ha concluido que la denuncia carece de hechos concretos y de la base probatoria necesaria para abrir una causa penal por revelación de secretos. Esta decisión se refiere a la acusación vinculada a la filtración de correos electrónicos de una exconcejala de Móstoles que había denunciado al alcalde, Manuel Bautista, por acoso.
El auto judicial, que asume el criterio de la Fiscalía del Tribunal Supremo, subraya que los hechos relatados no constituyen un delito y que la denuncia no aporta elementos suficientes para justificar el inicio de una investigación. Los magistrados enfatizan la ausencia de episodios específicos que encajen en el tipo penal invocado por el denunciante.
La fuente de conocimiento citada por el abogado denunciante se basa únicamente en informaciones publicadas por diversos medios de comunicación, una base que el Supremo considera insuficiente para abrir una línea de investigación. La denuncia aludía a la difusión de mensajes de correo electrónico enviados al entorno de la presidenta madrileña, pero el tribunal determinó que esta exposición no justifica una investigación de carácter meramente prospectivo.
El origen de este caso se remonta a cuando una exedil del Ayuntamiento de Móstoles presentó quejas dentro de la estructura del Partido Popular de Madrid por un supuesto acoso o agresión sexual atribuido al alcalde, Manuel Bautista. Estas quejas internas no obtuvieron respuesta, lo que llevó a la dimisión de la concejala y a la posterior publicación en medios de los correos electrónicos relacionados con el caso.




