La resolución judicial responde al recurso presentado por los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid, que argumentaban que la medida podría causar un daño irreversible a la imagen institucional del edificio. El tribunal considera que, ante la existencia de intereses contrapuestos, resulta pertinente paralizar la ejecución del acuerdo mientras se resuelve el procedimiento principal.
El auto judicial subraya que la declaración, impulsada por la Secretaría de Estado de Memoria Democrática el pasado 20 de octubre de 2025, implica la colocación de señalética y la integración del espacio en circuitos internacionales. Según los magistrados, estas actuaciones podrían interferir en las actividades administrativas que se desarrollan habitualmente en la sede presidencial.
Asimismo, la Sala de lo Contencioso-administrativo ha señalado que la suspensión no genera una perturbación grave a los intereses generales, ya que el transcurso del tiempo no invalida la finalidad del acuerdo. Además, el tribunal ha tenido en cuenta que existe un conflicto de competencias pendiente de resolución en el Tribunal Constitucional, lo que refuerza la decisión de mantener el estatus actual del inmueble.




