“"Estamos ante un caso verdaderamente dramático y desgraciadamente evitable. No se puede despachar a una persona que se está muriendo por una rotura de aorta mandándola a una zona de sillones con el diagnóstico de una simple infección respiratoria. Esto demuestra que, en muchas ocasiones, la prisa, la falta de una revisión minuciosa y la presión asistencial se pagan con vidas humanas."
Condena a Sanidad Madrileña por Muerte en Urgencias
El TSJM falla a favor de la familia de una paciente fallecida en el Hospital Infanta Leonor, reconociendo una pérdida de oportunidad.
Por Alberto Delgado Sanz
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Imagen genérica de un hospital moderno.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid a indemnizar a la familia de una mujer de 59 años fallecida en noviembre de 2021 en el Hospital Universitario Infanta Leonor.
La sentencia del TSJM pone fin a un litigio iniciado por la familia de la paciente, quien denunció fallos en la atención médica recibida en urgencias. La Administración madrileña había rechazado inicialmente la reclamación, negando negligencia por parte del equipo facultativo.
El conflicto se centró en determinar si la actuación médica fue correcta o si existieron errores que contribuyeron al fallecimiento por disección aórtica. La familia, representada por la abogada Carmen Fernández-Bravo de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, argumentó que un diagnóstico rápido y preciso podría haber evitado la muerte.
Tras revisar informes técnicos y de la Inspección Sanitaria, el tribunal concluyó que, si bien la primera visita el 1 de noviembre de 2021 no mostró negligencia clara, la actuación posterior sí fue deficiente. Se detectó que los médicos pasaron por alto hallazgos importantes en un TAC realizado el 3 de noviembre, como un derrame en el corazón y un hematoma en el pecho.
La Sala aplicó el concepto jurídico de «pérdida de oportunidad», considerando que el hospital privó a la paciente de una posibilidad real de tratamiento, aunque no se pueda demostrar al cien por cien que se hubiera salvado.
En consecuencia, el TSJM estima parcialmente la demanda y anula la resolución previa. La Comunidad de Madrid deberá abonar 142.439,66 euros como compensación por el daño moral, que se repartirá entre los familiares. No se impusieron costas judiciales.
Carmen Flores, presidenta de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, exigió que la sentencia no se limite al pago de la indemnización y reclamó una revisión de los protocolos de lectura radiológica de urgencias en el Hospital Infanta Leonor, así como más medios para evitar futuras tragedias.



