Madrid incluirá al concebido no nacido en el baremo de admisión de escuelas infantiles

Una sentencia judicial obliga al Ayuntamiento de Madrid a reconocer dos puntos por familia numerosa a gestantes, impactando en el proceso de admisión 2026/2027.

Imagen genérica de una mujer embarazada, con las manos sobre su vientre.
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Imagen genérica de una mujer embarazada, con las manos sobre su vientre.

El Ayuntamiento de Madrid deberá considerar al concebido no nacido en el baremo de admisión para las escuelas infantiles municipales a partir del curso 2026/2027, una decisión impulsada por una sentencia judicial que atiende la demanda de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid.

Esta medida, resultado de un fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 22 de Madrid con fecha del 11 de febrero de 2026, corrige la exclusión de los embarazos en la asignación de puntos por familia numerosa. La resolución judicial establece que el Consistorio no podía omitir al concebido no nacido del baremo cuando su reconocimiento beneficia a la familia.

La nueva redacción aporta además mayor seguridad jurídica, al obligar a la administración municipal a aceptar el certificado médico oficial de embarazo como documento suficiente para justificar esa circunstancia.

Como consecuencia de este pronunciamiento, el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid ha publicado un nuevo texto que especifica que, a efectos de la condición de familia numerosa, se tendrán en cuenta tanto a los hijos nacidos como a los no nacidos. Este cambio impacta directamente en el proceso de admisión de las escuelas infantiles municipales, permitiendo a las familias con dos hijos que esperan un tercero, o en situaciones similares, obtener los dos puntos adicionales por familia numerosa, siempre que acrediten la gestación con la documentación pertinente.
La Asociación de Familias Numerosas de Madrid ha manifestado que esta modificación subsana una situación que perjudicaba a las familias en proceso de crecimiento y que imponía un criterio restrictivo en el acceso a plazas públicas. La entidad considera que la nueva normativa ofrece mayor seguridad jurídica, al requerir a la administración municipal la aceptación del certificado médico oficial de embarazo como prueba válida.
El fallo coincide con el inicio del plazo de solicitud de plazas para el próximo curso. Por ello, la asociación ha instado a las familias gestantes a solicitar activamente esta puntuación y a hacer valer el nuevo criterio reconocido judicialmente. El nuevo baremo incorpora explícitamente la consideración de “Familia que tenga reconocida la condición de familia numerosa [...] a cuyos efectos se tendrá en cuenta tanto a las hijas o hijos nacidos, como a los no nacidos (2 puntos)”, integrando por primera vez al no nacido en el sistema de puntuación de las escuelas infantiles municipales.
Esta sentencia abre un nuevo panorama para las familias que, hasta ahora, no podían beneficiarse de esta puntuación hasta el nacimiento efectivo del menor, lo que implicaba competir en el proceso de admisión sin que su situación familiar real se reflejara en el baremo al momento de la solicitud. La Asociación de Familias Numerosas de Madrid interpreta que esta modificación elimina una barrera burocrática en un momento crucial para la conciliación, asegurando que el crecimiento familiar sea un apoyo y no un obstáculo administrativo para acceder a plazas públicas.